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    Auto Supremo AS/0181/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0181/2015

    Fecha: 11-Mar-2015

    Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani

    Se regula los honorarios del Abogado en la suma de Bs. 500
    Regístrese, comuníquese y devuélvase.
    Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
    Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
    • Distrito: La Paz
    • CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
    • Apelada la referida Sentencia por Apolinar Colque Roque mediante memorial de fs
    • CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
    • La Ex–Corte Suprema de Justicia ya estableció lo referido a la naturaleza y características del
    • Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, se lo hace por errores
    • Concluyéndose de lo anterior, que el recurso de casación en el fondo y el de
    • 2
    • Finalmente el recurrente, en su petitorio solicita de manera errónea “SE REVOQUE EL AUTO
    • Por lo expuesto, sin duda el recurso resulta improcedente y debe ser resuelto en sujeción
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
    • Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
    • Registrado en el libro de Tomas de Razón: Segundo

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