Apelada la referida Sentencia por Apolinar Colque Roque mediante memorial de fs
Apelada la referida Sentencia por Apolinar Colque Roque mediante memorial de fs. 324 a 326 vta., y por Julia Quillca de Colque por memorial de fs. 335 a 336, es resuelta por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior de Justicia de La Paz, que emitió el Auto de Vista cursante fs. 358, por el que CONFIRMA la Sentencia No. 110/07 de fs. 268 a 269 vta
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la referida Sentencia por Apolinar Colque Roque mediante memorial de fs
- CONSIDERANDO II: HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACIÓN
- La Ex–Corte Suprema de Justicia ya estableció lo referido a la naturaleza y características del
- Cuando el recurso de casación se interpone en el fondo, se lo hace por errores
- Concluyéndose de lo anterior, que el recurso de casación en el fondo y el de
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- Finalmente el recurrente, en su petitorio solicita de manera errónea “SE REVOQUE EL AUTO
- Por lo expuesto, sin duda el recurso resulta improcedente y debe ser resuelto en sujeción
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Fdo. Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Fdo. Mgda Rita Susana Nava Duran
- Registrado en el libro de Tomas de Razón: Segundo
