Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2014, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 205/2015-RRC
Sucre, 27 de marzo de 2015
Expediente: Chuquisaca 33/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Delia Goldy Vargas Sansuste
Delitos: Falsedad Ideológica y otro
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2014, cursante de fs. 179 a 184, Delia Goldy Vargas Sansuste, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 415/2014 de 13 de noviembre, de fs. 170 a 175, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Edmund Daher Nazrala contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados en los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 205/2015-RRC
Sucre, 27 de marzo de 2015
Expediente: Chuquisaca 33/2014
Parte acusadora: Ministerio Público y otro
Parte imputada: Delia Goldy Vargas Sansuste
Delitos: Falsedad Ideológica y otro
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán
RESULTANDO
Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2014, cursante de fs. 179 a 184, Delia Goldy Vargas Sansuste, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 415/2014 de 13 de noviembre, de fs. 170 a 175, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Edmund Daher Nazrala contra la recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados en los arts. 199 y 203 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 24 de noviembre de 2014, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
- El recurrente solicita se anule el Auto de Vista recurrido, ya que el agravio constituye
- Por Auto Supremo 740/2014-RA de 15 de diciembre, este Tribunal declaró admisible el recurso interpuesto
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y detallado el ámbito de
- III.1. Consideraciones doctrinales y normativas
- III.1.1. Sobre el Principio de congruencia
- Por tal motivo, la exigencia de la mencionada congruencia es de orden fáctico, lo cual
- Por su parte, Devis Echandía, definió la congruencia como: “el principio normativo que delimita el
- En este mismo marco, y en concordancia con lo manifestado, la jurisdicción constitucional respecto a
- En este sentido, el principio de congruencia se constituye en una regla que limita y
- III.2. Análisis del caso concreto
- Así, la recurrente alega que el documento acusado de falso, es un documento privado y
- Ahora bien, para resolver la presente denuncia, previamente debe considerarse el art
- II
- III
- En ese sentido, se constata claramente que el legislador estructuró medios recursivos -impregnados de requisitos-
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
