Auto Supremo AS/0043/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2015-L

Fecha: 02-Abr-2015

En el caso de autos, de la revisión de obrados se evidencia que la empresa

En el caso de autos, de la revisión de obrados se evidencia que la empresa demandada fue notificada con la Sentencia Nº 207/2008, el 17 de febrero de 2009 a horas 16:20 conforme consta de la diligencia de fs. 81, quien tenía la opción de presentar el recurso de apelación en el plazo de 5 días, en cumplimiento al art. 205 del Código Procesal del Trabajo, es decir hasta el día 22 de febrero de 2009, sin embargo, el recurso de apelación de fs. 83, planteado por Rvdo. P. Lic. Guillermo Siles Paz en representación de la empresa Copacabana de Televisión S.R.L., fue presentado recién a horas 15:25 del 25 de febrero del mismo año, como acredita el cargo de recepción de fs. 84, vale decir el recurso fue planteado fuera del plazo previsto por ley, consiguientemente el Juez de la causa debió rechazar el mismo por extemporáneo