De la normativa citada, se advierte la especial protección a la parte más débil de
De la normativa citada, se advierte la especial protección a la parte más débil de la relación laboral; es decir, al trabajador, no permitiendo burlar sus derechos a través de actos simulados o fraudulentos, en cualquiera de las formas señaladas anteriormente y sancionando tal proceder
- Auto Supremo Nº 61/2015-L
- Expediente: TJA.365/2010
- Distrito: Tarija
- CONSIDERANDO I: Que, tramitada la causa, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad Social
- Que en grado de apelación interpuesto por el Sindicato de Trabajadores de Industrias Agrícolas Bermejo
- Contra la resolución de segunda instancia, la parte demandada: Sindicato de Trabajadores de Industrias Agrícolas
- Por otro lado señala que, el auto de vista en su considerando II, parte b),
- Concluye solicitando en forma incongruente al tribunal de alzada se sirva pronunciar auto supremo casando
- CONSIDERANDO II: Que así planteado el recurso, se pasa a considerar el mismo, de donde
- En este sentido y atendiendo la obligación de protección del Estado, con fundamento en los
- Así también, se emitió el DS Nº 521 de 26 de mayo de 2010, que
- De la normativa citada, se advierte la especial protección a la parte más débil de
- En este entendido, en el caso sub lite, se observa que si bien I
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto precedentemente, se establece que el tribunal ad quem,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario profesional de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
