Auto Supremo AS/0062/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0062/2015-L

Fecha: 06-Abr-2015

Que el tribunal ad quem tampoco se pronunció sobre la documental que prueba el delito

Que el tribunal ad quem tampoco se pronunció sobre la documental que prueba el delito de hurto y proceso penal de una joya de oro, por lo que no le corresponde indemnización como tampoco duodécimas de aguinaldo y menos desahucio, al haber trabajado solo 2 meses y 15 días y no tener tres meses de trabajo a prueba conforme señala el art. 16.e) de la Ley General del Trabajo