Auto Supremo AS/0151/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0151/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En mérito a la acusación pública y particular, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal Sexto de Sentencia Sexto de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 15/2009 de 20 de mayo (fs. 242 a 246), por la que declaró al imputado Ernesto Reynaldo Bedregal Encinas, autor y culpable de la comisión del delito de Estafa, previsto y sancionado por el art. 335 del CP, imponiéndole la pena de tres años de reclusión a cumplir en el Penal de San Pedro de la ciudad de La Paz, así como al pago de cien días multa, a razón de Bs. 2.- (dos bolivianos) por cada día. Con costas y responsabilidad civil a favor de la víctima, averiguables en ejecución de Sentencia. Por otro lado se le absolvió de la comisión del delito de Estelionato, previsto y sancionado por el art. 337 del CP