Auto Supremo AS/0158/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0158/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente


En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad, se tiene que el recurrente en el primer motivo de su recurso de casación, alegó que el Auto de Vista hizo una errónea interpretación y aplicación de la Ley al determinar la improcedencia de su apelación, y posteriormente de forma contradictoria en el mismo motivo alega que el Ad quem determinó la incorrecta aplicación de la Ley; argumentos escuetos que no permiten a este Tribunal establecer con claridad cuál es el agravio sufrido al recurrente con la Resolución que se impugna; asimismo, el imputado no consideró que conforme a lo dispuesto por el art. 416 del CPP, el recurso de casación sirve para impugnar Autos de Vista dictados por las Cortes Superiores de Justicia, contrarios a otros precedentes pronunciados por las otras Cortes Superiores de Justicia o Autos Supremos dictados por este Tribunal; en cuya inobservancia, no invocó precedente alguno y menos señaló la posible contradicción entre éstos y la resolución impugnada conforme a lo dispuesto por el art. 417 segundo párrafo de la norma adjetiva penal, confundiendo la casación vigente con la casación prevista por el sistema penal de 1972 actualmente abrogado: deviniendo en inadmisible el motivo de casación