Auto Supremo AS/0186/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0186/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

4) En este motivo el recurrente de la misma forma que en el punto anterior


4) En este motivo el recurrente de la misma forma que en el punto anterior solamente hace referencia a los aspectos defectuosos de la Sentencia siendo estos: a) La Sentencia se basó en valoración defectuosa de la prueba, debido a que en la relación de las conclusiones y la valoración que realizó, rompe con las reglas de la sana crítica y contradice la doctrina legal establecida por el Auto Supremo 5 de 26 de enero de 2007; b) Inobservancia de las reglas previstas para la deliberación y redacción de la Sentencia porque no se cumplió con los arts. 359 y 360 del CPP; y, c) Inobservancia de las reglas relativas a la congruencia entre la Sentencia y la Acusación