Auto Supremo AS/0190/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0190/2015-RA-L

Fecha: 10-Abr-2015

2) Argumenta, que no se consideró su respuesta al recurso de apelación, abocándose el Auto


2) Argumenta, que no se consideró su respuesta al recurso de apelación, abocándose el Auto de Vista a los argumentos de la apelante; por otro lado, haciendo alusión a los elementos del delito de Estafa, el recurrente manifiesta que no solo los artificios y engaños son medios para consumar el delito, sino también la inducción al error o fomentarlo con la finalidad de lograr la disposición patrimonial de $us. 35.000.- (treinta y cinco mil estadounidenses); situación lograda por la coacusada, quien conocía de su manejo económico que se encuentra demostrada por las pruebas introducidas a juicio; posteriormente de efectuar una explicación del tipo penal de Estafa y sus elementos constitutivos, señala cómo – según su criterio- se realizó la comisión del ilícito; asimismo, refiere que la existencia de una Sentencia en la vía civil para la reparación del daño económico, no anula la existencia de engaños y artificios empleados por los acusados para establecer la inconcurrencia de los elementos constitutivos del tipo penal