1) Que, el Auto de Vista al haber establecido la existencia del delito de Robo
II. 2. Del recurso de casación de Edwin Gonzalo Condori Mamani representante de YPFB.
1) Que, el Auto de Vista al haber establecido la existencia del delito de Robo agravado por parte de Herminio Fernández Thola, lo que correspondía era obrar conforme lo previsto en la parte in fine del art. 413 y 414 del CPP (emitir directamente Sentencia) y no disponer la reposición de juicio oral por otro Tribunal. De igual manera con relación a Vladimir German Camiño Erquicia y Remberto Ramos Quispe, estaría plenamente comprobado la comisión del delito de Encubrimiento con relación al delito de Robo agravado; por lo que, el Tribunal de alzada al no realizar un análisis meticuloso de los puntos de impugnación, erróneamente dispuso la subsistencia de la absolución, al respecto invoca el Auto Supremo 487 de 15 de noviembre de 2005
- Por memoriales presentados el 5 y 10 de julio de 2010 cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II.1. Del recurso de casación de Herminio Fernández Thola
- 1) En cuanto a la relación de hechos que hacen a su proceso penal denuncio
- 2) Respecto de los argumentado supra refiere que el Tribunal de alzada habría ingresado en
- 1) Que, el Auto de Vista al haber establecido la existencia del delito de Robo
- 2) El Tribunal de alzada con relación a Vladimir German Camiño Erquicia y Remberto Ramos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Del recurso de casación de Herminio Fernández Thola
- En el caso de autos, se establece que el recurrente, fue notificado con el Auto
- Al segundo motivo, alegando que el Tribunal de alzada pese a reconocer la incongruencia de
- Del recurso de casación de Edwin Gonzalo Condori Mamani representante de YPFB
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
