Auto Supremo AS/0225/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2015-RA

Fecha: 01-Abr-2015

2) En un segundo acápite, subtitulado: “CON RELACIÓN AL SEGUNDO MOTIVO DEL RECURSO”, señala que


2) En un segundo acápite, subtitulado: “CON RELACIÓN AL SEGUNDO MOTIVO DEL RECURSO”, señala que el Auto de Vista, al igual que la Sentencia, carece de una adecuada fundamentación como impone el art. 124 del Código de Procedimiento Penal (CPP), e incumple la obligación de revisar todos los puntos denunciados como violatorios en el recurso de apelación restringida (incongruencia omisiva). Señala que la referida resolución resulta ser incoherente y contradictoria a los Autos Supremos 255/2012 de 8 de agosto, 342/2006 de 28 de agosto y 399/2014-RRC de 19 de agosto, vulnerando de esta manera el debido proceso, la seguridad jurídica y constituyéndose además en defecto absoluto previsto en el art. 169 inc. 3) del CPP