Auto Supremo AS/0225/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0225/2015-RA

Fecha: 01-Abr-2015

Acusa también que el Tribunal de alzada concluyó que en la sentencia impugnada en apelación


Acusa también que el Tribunal de alzada concluyó que en la sentencia impugnada en apelación restringida, no existía contradicción ni en la parte considerativa, ni en la resolutiva, cuando lo que correspondía era revisar las violaciones contenidas en la Sentencia que no valoró el contenido de un informe pericial, dictando una condena por la comisión del delito tipificado en el art. 203 del CP, sin la existencia ni demostración del documento falso que su persona hubiese utilizado. Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos: 399/2014-RRC de 19 de agosto, 307/2003 de 11 de junio y 50/2002 de 30 de agosto