Auto Supremo AS/0228/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0228/2015-RA

Fecha: 01-Abr-2015

alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso


iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente contradictorio deberá ser invocado a tiempo de su interposición; a menos que la sentencia le fuera inicialmente favorable a la parte y por lo tanto, aquella resolución judicial no le genere agravio


alguno, sino que éste surge en apelación cuando se dictó el Auto de Vista; caso en el cual, el recurrente tiene la carga procesal de invocar el precedente contradictorio en el momento de interponer el recurso de casación