Auto Supremo AS/0230/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2015-RA

Fecha: 01-Abr-2015

Con relación al primer motivo, el recurrente denuncia vulneración al principio de inocencia previsto en


Con relación al primer motivo, el recurrente denuncia vulneración al principio de inocencia previsto en los arts. 6 del CPP y 116.I de la CPE, debido a que el Ministerio Público presumió su culpabilidad y no su inocencia desde el inicio del proceso e inclusive en el juicio oral; por cuanto, fue aprehendido y detenido sin que el hecho se hubiese cometido en flagrancia, invoca como precedentes los Autos Supremos 89/13 de 28 de marzo de 2013 y 035/2013 de 1 de febrero; sin embargo, el recurrente no cumple con los requisitos de admisibilidad del recurso de casación establecidos en los arts. 416 y 417 del CPP; es decir, no es suficiente la cita de precedentes contradictorios, sino debió señalar de manera clara y precisa cuál la presunta contradicción que existe entre el Auto de Vista impugnado y los precedentes invocados, omisión que hace inviable que este Tribunal pueda ingresar al análisis de fondo, deviniendo el motivo en inadmisible