Auto Supremo AS/0230/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0230/2015-RA

Fecha: 01-Abr-2015

En lo referente al segundo motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de Sentencia, incurrió


En lo referente al segundo motivo, el recurrente denuncia que el Tribunal de Sentencia, incurrió en inobservancia de la ley sustantiva, puesto que habría sido condenado por el delito de Violación con la agravante de Lesiones Graves prevista por el art. 270 incs. 1) y 2) del CP, sin justificación alguna; al respecto, invoca las Sentencias Constitucionales “1523/04, 537/04 y 682/04” (sic) y 1075/2003-R de 24 de julio; empero, se observa que el recurrente no denuncia agravios en los que hubiera incurrido el Auto de Vista impugnado; en ese entendido, no se apertura la competencia de este Tribunal; por cuanto, de acuerdo al art. 416 del CPP, el recurso de casación procede para impugnar Autos de Vista emitidos por los Tribunales Departamentales de Justicia contrarios a otros precedentes pronunciados por otros Tribunales Departamentales de Justicia en sus salas penales o por el Tribunal Supremo de Justicia que emiten o ratifiquen doctrina legal; en consecuencia, este motivo no es susceptible de ser analizado en el fondo, deviniendo en inadmisible