Por lo referido, es preciso realizar un análisis respecto al plazo de cinco días para
Por lo referido, es preciso realizar un análisis respecto al plazo de cinco días para la formulación del recurso de casación, teniendo en cuenta que de acuerdo al art. 130 del CPP, el mismo empieza a correr a partir del día siguiente hábil de practicada la notificación con la respectiva resolución, se computan sólo los días hábiles, y vence a las veinticuatro horas del último día hábil; constatándose en autos, conforme se advierte de la diligencia a fs. 195 vta., que la recurrente Miriam Espada Coronado, fue notificada con el Auto de Vista, el 11 de febrero de 2015 a horas 16:30; y, conforme consta en el cargo a fs. 201, presentó su recurso de casación el 23 del mismo mes y año a horas 8:45; es decir, fuera del término de los cinco días previsto por el art. 417 del CPP, que vencía a las veinticuatro horas del 20 de febrero de 2015 debido a que no se computan los días lunes 16 y martes 17 del mismo mes por feriado de carnaval; en consecuencia, al haberse presentado el recurso fuera del plazo de ley, el mismo deviene en inadmisible
- Por memorial presentado el 23 de febrero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Miriam Espada Coronado interpuso recurso de apelación restringida
- c) Notificada la recurrente con el mencionado Auto de Vista, el 11 de febrero de
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo motivo, señaló que su apelación restringida estaba referido a que existió defectuosa
- 3) Con relación al tercer motivo, refirió que en su recurso de apelación restringida señaló
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente no cumplió con el primer
- Por lo referido, es preciso realizar un análisis respecto al plazo de cinco días para
- Ante la inobservancia del primer requisito de admisibilidad del recurso, es innecesario analizar los demás
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
