c) La recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista 54/2014, el 20 de
b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada Clemencia Beatriz Patton Valdez, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 114 a 124), resuelto por Auto de Vista 234/09 de 2 de abril (fs. 144 a 146 vta.); que fue dejado sin efecto por Auto Supremo 720/2013 de 11 de diciembre (fs. 286 a 289 vta.), disponiendo que la misma Sala sin espera de turno y previo sorteo, pronuncie nueva Resolución conforme a los razonamientos jurídicos y la doctrina legal establecida en el fallo; en cuyo merito, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz pronuncio el Auto de Vista 54/2014 de 16 de junio (fs. 294 a 299), que declaró improcedente el recurso planteado; y, confirmó la Sentencia apelada.
c) La recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista 54/2014, el 20 de enero de 2015 (fs. 300), e interpuso recurso de casación el 28 del mismo mes y año, que es motivo del presente análisis de admisibilidad
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) La recurrente fue notificada con el referido Auto de Vista 54/2014, el 20 de
- Del memorial de fs. 320 a 323 vta., se extraen los siguientes motivos
- 2) Como segundo motivo, denuncia que el Auto de Vista impugnado en los numerales 2,
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al plazo para la interposición del recurso, la recurrente fue notificada con el
- Con relación al primer motivo, en la que denuncia que el Tribunal de alzada con
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
