Auto Supremo AS/0240/2015-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0240/2015-RA

Fecha: 07-Abr-2015

Con relación al primer motivo, en la que denuncia que el Tribunal de alzada con


Con relación al primer motivo, en la que denuncia que el Tribunal de alzada con una fundamentación “burda” rechazó su apelación incidental por incumplimiento del art. 407 del CPP, corresponde señalar que, conforme establece la ley, los reclamos sobre cuestiones incidentales dilucidadas en el transcurso de la tramitación del proceso penal, conforme el art. 403 numeral 2) del CPP, tienen como medio de impugnación el recurso de apelación incidental, del que surge la decisión definitiva, cuando menos en la vía ordinaria, sin que el recurso de casación sea un mecanismo idóneo para revisar lo resuelto por el Tribunal de alzada, ni con la denuncia de vulneración de derechos como alega la recurrente, pues la apertura de la competencia del Tribunal Supremo de Justicia está delimitada por ley