En razón a los fundamentos expuestos, se establece que el recurso de casación deducido, no
En razón a los fundamentos expuestos, se establece que el recurso de casación deducido, no cumple con los requisitos exigidos por el art. 416 del CPP, ni con los presupuestos de flexibilización, situación que determina que este Tribunal, no pueda abrir su competencia para conocer los motivos de este recurso, deviniendo en consecuencia el recurso en inadmisible
- Por memorial presentado el 6 de enero de 2015, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, se establece que el 24 de diciembre de 2014, fue
- Por último, en cuanto al tercer motivo, se constata que el recurrente acusa la errónea
- Debe agregarse que si bien el recurrente en este motivo también denuncia la vulneración de
- En razón a los fundamentos expuestos, se establece que el recurso de casación deducido, no
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
