VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
Distrito: Tarija
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 86 a 88 vta., interpuesto por Sergio Fernández Espíndola en representación de Aníbal Aramayo Segovia, contra el Auto de Vista Nº 270/2014 de 4 de diciembre, de fs. 79 a 83 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso social seguido por Anibal Aramayo Segovia contra Industrias Agrícolas de Bermejo dependiente de la Ex Prefectura de Tarija; la respuesta de fs. 91 a 93; el Auto de fs. 92 vta. a 93, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, planteada la demanda de pago de beneficios sociales de fs. 10 a 11 vta., subsanada por memorial de fs. 14 a 15, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió la Sentencia de 12 de diciembre de 2013, de fs. 57 a 60, declarando improbada la demanda y probada la excepción perentoria de prescripción, sin costas
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 86 a 88 vta., interpuesto por Sergio Fernández Espíndola en representación de Aníbal Aramayo Segovia, contra el Auto de Vista Nº 270/2014 de 4 de diciembre, de fs. 79 a 83 vta., pronunciado por la Sala Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso social seguido por Anibal Aramayo Segovia contra Industrias Agrícolas de Bermejo dependiente de la Ex Prefectura de Tarija; la respuesta de fs. 91 a 93; el Auto de fs. 92 vta. a 93, que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que, planteada la demanda de pago de beneficios sociales de fs. 10 a 11 vta., subsanada por memorial de fs. 14 a 15, la Juez de Partido Segundo de Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Tarija, emitió la Sentencia de 12 de diciembre de 2013, de fs. 57 a 60, declarando improbada la demanda y probada la excepción perentoria de prescripción, sin costas
- Prefectura de Tarija
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- En grado de apelación deducido por el representante de la parte demandante por memorial de
- Dicha Resolución motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Asimismo refirió que el Tribunal de Alzada habría vulnerado el principio in dubio pro operario,
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista de fs
- Que a mérito de estos antecedentes, revisado el contenido del recurso de casación en el
- Por otra parte, la prescripción liberatoria tiene como efecto la extinción de la acción emergente
- Bajo esta referencia, compulsados los antecedentes, resulta evidente que el demandante interpuso la presente acción
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
