CONSIDERANDO I: Que de la revisión de los antecedentes adjuntos a la consulta en análisis,
CONSIDERANDO I: Que de la revisión de los antecedentes adjuntos a la consulta en análisis, se evidencia que en el proceso ejecutivo seguido por el Banco Mercantil Santa Cruz S.A., como ex apoderado del Banco Central de Bolivia contra CABLEBOL, por memorial de fs. 111 a 116, Dory Elena Jiménez de Prudencio en representación de la entidad ejecutante plantea recurso de apelación contra el Auto de 8 de abril de 2014. Por su parte, Ramiro Fernando Beltrán Torrico en representación de CABLEBOL S.A. por memorial de fs. 164 a 166, plantea recurso de apelación contra la providencia de 10 de abril de 2014. Sustanciados ambos recursos, el sistema judicial de reparto asigna la resolución de ambos a la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba. A consecuencia, el Vocal Eddy Mejía Presidente de la Sala Civil Segunda, mediante providencia de 27 de junio de 2014, cursante a fs. 127 y 184, señala que en la presente causa formuló su excusa el 28 de enero de 2013, con este antecedente, se ratifica en la misma y dispone pasen obrados a conocimiento de la Sala Primera. Que el Presidente y Vocal de la Sala Primera dictan los Autos de 30 de julio de 2014 cursantes de fs. 134 y 189 declarando ilegal la excusa y disponiendo se eleven ante Tribunal Supremo de Justicia en consulta
- EXPEDIENTE Nº:746/2014
- PARTES:Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba
- VISTOS EN SALA PLENA: La consulta de excusa remitida por la Sala Civil Primera del
- CONSIDERANDO I: Que de la revisión de los antecedentes adjuntos a la consulta en análisis,
- CONSIDERANDO II:
- Por otro lado, por determinación del art
- El art
- Las normas señaladas precedentemente, orientan que la competencia de un Juez únicamente puede ampliarse en
- Por su parte el art
- Por otra parte, el art
- Expuesta esta normativa, nótese que en los casos citados precedentemente, la ley establece expresamente el
- Establecidos estos criterios legales, corresponde analizar el contenido del art
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se dispone la devolución de antecedentes ante la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de
- No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Durán por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Sala Plena
