Auto Supremo AS/0073/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2015-L

Fecha: 05-May-2015

CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso de casación, se realiza las siguientes consideraciones

CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso de casación, se realiza las siguientes consideraciones para resolución:
Respecto a la acusación de errónea y mala interpretación del art. 169 del Código Procesal del Trabajo, al no haber cumplido el tribunal de apelación con la valoración de las pruebas aportadas al proceso, vulnerando el precepto legal que otorga al juez la facultad de usar la sana critica establecida en el art. 158 del indicado Código Procesal del Trabajo; se colige de la revisión de actuados, que lo determinado por el tribunal de apelación es correcto, pues conforme expresa en el auto de vista, durante la sustanciación del proceso, se demostró la relación laboral entre Juana Ivonne Valdez Bolívar y Freddy Valdez Bolívar con Luis Valdez Arancibia, la primera en su condición de administradora de la panadería; granja de pollo y fábrica de alimentos balanceados, por un tiempo de servicios de 25 años, con un salario promedio mensual indemnizable de $us.1.000.-; y, el segundo en diferentes labores en la fábrica de alimentos balanceados, fábrica de fideos “Multipastas” y la granja avícola de pavos “Santa Claus”, por el tiempo de servicio de 20 años, con un salario promedio mensual indemnizable de $us.800.-, siendo el motivo de la extinción laboral para ambos el despido intempestivo e injustificado por parte del empleador