Auto Supremo AS/0073/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0073/2015-L

Fecha: 05-May-2015

Expresa que se reconoce en el auto de vista, la relación laboral con Juana Ivonne

Expresa que se reconoce en el auto de vista, la relación laboral con Juana Ivonne Valdez Bolívar en mérito a su confesión libre, voluntaria y espontánea sin considerar que además expresó en dicha declaración, que le entrego todas esas pequeñas micro-empresas, con el compromiso de que las cuide y administre como suya y con el fruto de la producción de las mismas, sea cubierta la alimentación, educación, vestimenta y salud de ella, y sus hermanos. Además de que el Tribunal de alzada tomo en parte o lo que convenía de su declaración en la contestación a la demanda, interpretando a su manera el hecho de que su persona reconoció que su hija Juana Ivonne, trabajó administrando los negocios familiares, no habiendo su persona manifestado que fuese su dependiente; y, el reconocimiento que se efectúa de la relación laboral con Freddy Valdez Bolívar, lo realiza por las documentales de la empresa Multipastas y Pavos Santa Claus (fs. 23 a 32), considerando el Tribunal como plena prueba para confirmar la relación laboral de 20 años, confundiendo empresas y fechas de creación, sin considerar que la carta de oferta de pavos navideños es de propiedad de su hijo Freddy, que utilizó su nombre por ser conocido y confiable, quien no podía trabajar con la empresa en la ciudad de Camiri y paralelamente estudiar en Santa Cruz como lo hizo en las gestiones 1997 a 2000