Auto Supremo AS/0093/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2015-L

Fecha: 12-May-2015

CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso, para su resolución es necesario realizar las

CONSIDERANDO II: Que, analizados los fundamentos del recurso, para su resolución es necesario realizar las siguientes consideraciones:
Con relación a la acusación de infracción del art. 253.1 y 3 del Código de Procedimiento Civil, por parte del Tribunal de Apelación al pronunciar el Auto de Vista recurrido, cabe indicar que dicho art. refiere al recurso de casación en el fondo, que dispone: "Procederá el recurso de casación en el fondo: 1) Cuando la sentencia recurrida contuviere violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley; y 3) Cuando en la apreciación de las pruebas se hubiere incurrido en error de derecho o error de hecho. Este último deberá evidenciarse por documentos o actos auténticos que demuestren la equivocación manifiesta del juzgador". Del texto transcrito se evidencia que se trata de una disposición descriptiva, no pudiendo por tanto ser violada, pues su fin es indicar o señalar en este caso, cuando procede el recurso de casación en el fondo, por lo que esta acusación resulta incorrecta e incongruente