Auto Supremo AS/0103/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2015-L

Fecha: 12-May-2015

Contra la resolución de segunda instancia, la Caja Nacional de Salud a través

Luego por auto de fs. 110, declaró no ha lugar a la complementación, solicitada por la demandante.
Contra la resolución de segunda instancia, la Caja Nacional de Salud a través de su representante Edil Pérez Severiche, por memorial de fs. 113 a 114 interpone recurso de casación en el fondo, denunciando lo siguiente:
Que, el auto de vista, incurrió en error de hecho, al admitir como válidos los descargos presentados por la actora que cursan de fs. 27 a 83, no obstante que esos dineros provenientes de aportes patronales pagados por las empresas afiliadas a la Caja Nacional de Salud en San Ignacio de Velasco, correspondiente a los meses de enero a junio de 2005, no fueron depositados en la cuenta bancaria fiscal de dicha institución, según informe de fs. 21; de esa manera, también violó la norma legal contenida en el art. 1 inc. c) de la Ley 1178 del 20 de julio de 1990