Auto Supremo AS/0103/2015-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0103/2015-L

Fecha: 12-May-2015

Por ello, la acusación referida a que la autoridad recurrida habría incurrido en error de

Por ello, la acusación referida a que la autoridad recurrida habría incurrido en error de hecho, omitido considerar lo establecido por el art. 18 tercer parágrafo de las Normas Básicas del Sistema de Tesorería del Estado, R.S. Nº 218056 del 30/07/1997, no es evidente, por cuanto, el tribunal de alzada al no haber valorado prueba alguna ni analizado las referidas normas, en consideración al fundamento y decisión de la falta de agravios, mal podía haber incurrido en error de hecho o en omisión