CONSIDERANDO I:
Distrito: Chuquisaca
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 182 a 184, interpuesto por Juan Carlos Arce Pereira, contra el auto de Vista Nº 235/2010 de 24 de julio de 2010 cursante de fs. 174 a 176, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso social por reincorporación que se tramita en liquidación, seguido por el recurrente contra la Cooperativa de Telecomunicaciones Sucre Ltda. (COTES), la contestación de fs. 187 a 188, el auto de fs. 189 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 09/10 de 22 de mayo de 2010 (fs. 137 a 139), declarando probada en parte la demanda de fs. 44 a 46, disponiendo que la empresa demandada reincorpore al actor a su fuente laboral, y sea dentro del tercero día bajo conminatoria, sin costas
Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 182 a 184, interpuesto por Juan Carlos Arce Pereira, contra el auto de Vista Nº 235/2010 de 24 de julio de 2010 cursante de fs. 174 a 176, emitido por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del proceso social por reincorporación que se tramita en liquidación, seguido por el recurrente contra la Cooperativa de Telecomunicaciones Sucre Ltda. (COTES), la contestación de fs. 187 a 188, el auto de fs. 189 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y,
CONSIDERANDO I: Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido Primero de Trabajo y Seguridad Social de Chuquisaca, emitió la Sentencia Nº 09/10 de 22 de mayo de 2010 (fs. 137 a 139), declarando probada en parte la demanda de fs. 44 a 46, disponiendo que la empresa demandada reincorpore al actor a su fuente laboral, y sea dentro del tercero día bajo conminatoria, sin costas
- Auto Supremo Nº 118/2015-L
- Expediente: CHUQ. 499/2010
- CONSIDERANDO I:
- Contra la resolución del tribunal de apelación, el demandante Juan Carlos Arce Pereira, sin bien
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- En ese contexto, el tratadista Pastor Ortiz Mattos, en su obra, El Recurso de Casación
- De otra parte, el recurrente acusó la violación al art
- En efecto, si bien el actor presento prueba fehaciente como el recorte de periódico de
- Que, en este marco legal, la decisión del tribunal de alzada se enmarcó en la
- Consiguientemente, a mérito de lo expuesto procedentemente, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- REGISTESE, NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
