POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en el art. 42. I. 1de la Ley del Órgano Judicial Nª 025, declara INFUNDADO el recurso de casación en el fondo de fs. 182 a 184. Sin costas
- Auto Supremo Nº 118/2015-L
- Expediente: CHUQ. 499/2010
- CONSIDERANDO I:
- Contra la resolución del tribunal de apelación, el demandante Juan Carlos Arce Pereira, sin bien
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso de casación, para su resolución es
- En ese contexto, el tratadista Pastor Ortiz Mattos, en su obra, El Recurso de Casación
- De otra parte, el recurrente acusó la violación al art
- En efecto, si bien el actor presento prueba fehaciente como el recorte de periódico de
- Que, en este marco legal, la decisión del tribunal de alzada se enmarcó en la
- Consiguientemente, a mérito de lo expuesto procedentemente, corresponde resolver el recurso de casación de acuerdo
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- REGISTESE, NOTIFIQUESE Y DEVUELVASE
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
