Auto Supremo AS/0127/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0127/2015

Fecha: 12-May-2015

En ese contexto, la institución demandante, refiere en su recurso de casación en la forma,

En ese contexto, la institución demandante, refiere en su recurso de casación en la forma, que la Sentencia Nº 177/2013 de 20 de mayo de 2013, es incongruente toda vez que falló ultra petita concediendo en favor del demandante, los beneficios de aguinaldo y vacación respecto de gestiones que no fueron reclamadas en la demanda, extremo que se repite en el auto de vista impugnado, toda vez que, si bien el tribunal de alzada efectuó una nueva liquidación, los argumentos para la misma son contradictorios lo que deviene en un fallo ultra petita