No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
No siendo excusable el error, se impone multa de Bs.100.- para cada uno de los Vocales suscribientes del Auto de Vista Nº 117/2014-SSA-I de 12 de junio
- Auto Supremo Nº 127/2015
- Expediente: SSA.II-LP.512/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Tercero de Partido de Trabajo y
- Contra la sentencia, la parte demandada formuló recurso de apelación de fs
- Dicho fallo motivó los recursos de casación interpuestos por ambos sujetos procesales, con los fundamentos
- CONSIDERANDO II: Que, con carácter previo y antes de considerar los fundamentos de los recursos
- En ese contexto, la institución demandante, refiere en su recurso de casación en la forma,
- De otro lado, debe tenerse presente que la motivación de las resoluciones judiciales se constituyen
- A ello, debe añadirse lo establecido en la jurisprudencia sentada por este Tribunal Supremo de
- Ahora bien, cabe enfatizar que la debida y suficiente fundamentación de los fallos que supone
- En conclusión, se advierte que el tribunal de apelación no cumplió con las previsiones contenidas
- Consiguientemente y en mérito a lo expuesto, corresponde resolver de acuerdo a las disposiciones contenidas
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- No siendo excusable el error, se impone multa de Bs
- Por Secretaría de Sala, cúmplase con lo previsto en el art. 17.IV de la LOJ
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
