Que como corolario de lo expuesto, corresponde reconocer a favor del actor el sueldo promedio
Que como corolario de lo expuesto, corresponde reconocer a favor del actor el sueldo promedio indemnizable de Bs.2.728,36.-, conforme lo previsto en el art. 19 de la LGT, como acertadamente determinaron los juzgadores de instancia en los fallos emitidos a su turno, según lo previsto en los arts. 3.j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo, toda vez que los derechos y beneficios sociales reconocidos a las trabajadoras y los trabajadores son irrenunciables conforme prescriben los arts. 48.III de la Constitución Política del Estado (CPE) y 4 de la LGT
- Auto Supremo Nº 129/2015
- Expediente: SSA.II-LP.514/2014
- Distrito: La Paz
- CONSIDERANDO I: Que tramitado el proceso social, la Juez Sexto de Trabajo y Seguridad Social
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Reiterando que el art
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justica, case el auto de vista recurrido y
- CONSIDERANDO II: Que, así interpuesto el recurso de casación, de la revisión de los antecedentes
- Al respecto, de la revisión de antecedentes procesales se evidencia que al actor en su
- Que como corolario de lo expuesto, corresponde reconocer a favor del actor el sueldo promedio
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Se regula el honorario de abogado en la suma de Bs
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- FIRMADO: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- ANTE MÍ. Abog. Tyrone Cuellar Sánchez.
