Auto Supremo AS/0138/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0138/2015

Fecha: 12-May-2015

En ese marco normativo, de la revisión de los antecedentes del proceso, el Servicio de

En ese marco normativo, de la revisión de los antecedentes del proceso, el Servicio de Impuestos Nacionales, Regional Chuquisaca, representado en ese entonces por Santos Victoriano Salgado Ticona, amparado en los arts. 242 y 243 de la Ley Nº 1340, durante el proceso opuso la excepción perentoria de vencimiento de plazos señalados por el art. 227 de la referida norma, bajo el fundamento legal que según el art. 174 de la citada ley, los actos administrativos por los que se determinan tributos o se aplica sanciones, pueden impugnarse por quien tenga un interés legal, dentro del término perentorio de 15 días, computables a partir del día y hora de notificación al interesado