Notificado con la Sentencia, el imputado Chantal Espinoza Barrionuevo, formuló recurso de apelación restringida, argumentando
Notificado con la Sentencia, el imputado Chantal Espinoza Barrionuevo, formuló recurso de apelación restringida, argumentando errónea aplicación de la ley sustantiva, porque no se probó que haya sido encontrado en posesión, almacenaje o depósito de la sustancia controlada, menos que hubiera hecho transacciones de la referida sustancia o que se le habría encontrado en posesión de dinero que haya sido producto de la transacción de la sustancia controlada. También indica que no se comprobó que hubiera suministrado a alguna persona, elementos que constituyen los subtipos del tipo penal establecido en el art. 33 inc. m) de la Ley 1008, por lo que en su planteamiento no habría adecuado su conducta al tipo penal de Suministro sancionado por el art. 51 de la Ley 1008; en cuyo mérito, se inobservaron los arts. 8, 13 y 20 del CP
- Por memorial presentado el 16 de diciembre de 2014, cursante de fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado interpuso recurso de apelación restringida (fs
- En este contexto, denuncia que la observación relativa a la falta de certeza respecto al
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se concluye lo siguiente
- Previa acusación de parte del Ministerio Público en contra del recurrente por la comisión del
- II.2. De la apelación restringida
- Notificado con la Sentencia, el imputado Chantal Espinoza Barrionuevo, formuló recurso de apelación restringida, argumentando
- De otro lado acusó la violación del art
- II.3. Del Auto de Vista
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Auto de Vista
- III.1. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
- III
- En relación con lo anterior y con el acápite precedente, es menester hacer referencia a
- Entendido como la concordancia o correspondencia que debe existir entre la petición formulada por las
- El principio de congruencia se configura en dos modalidades: a) La primera, conocida como congruencia
- La facultad de modificar la calificación jurídica, otorgada al juzgador, significa la aplicación del principio
- En Bolivia, el principio de congruencia (externa), se encuentra establecido en el art
- De la normativa precitada se evidencia que el sistema procesal penal vigente, de manera implícita,
- De la normativa citada precedentemente, se tiene que este principio procesal, es aplicable en Bolivia,
- III.3 Análisis del caso concreto
- Esta necesaria relación de antecedentes demuestra que el Tribunal de alzada, al resolver los cuestionamientos
- Posteriormente, el Auto Supremo 249 de 17 de mayo de 2001, de la Sala Penal
- Contrariamente a lo referido precedentemente, esa misma Sala Penal Primera, modificó el entendimiento anterior y
- Que el acto de suministrar sustancias controladas conlleva la existencia de otra persona quien se
- Por todo lo expuesto, se concluye que el Tribunal de apelación, absolvió cada uno de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por los arts
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
