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    Auto Supremo AS/0319/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0319/2015

    Fecha: 13-May-2015

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.

    Regístrese, notifíquese y devuélvase.
    • VISTOS: El recurso de casación en el fondo, de fs
    • Contra el referido Auto de Vista, la entidad demandada a través de su representante legal
    • Añadió que de acuerdo al art
    • Finalizando en sentido que intentar ejecutar la Sentencia se estaría causando daño económico al Estado
    • La entidad recurrente, al amparo de los arts
    • Previamente señalar que, el representante legal del SENASAG interpuso recurso de apelación -entre otros motivos-
    • Ahora bien, en principio corresponde establecer que conforme se tiene de obrados, la excepción previa
    • Así los hechos, no cabe duda que discutir la impersonería en apelación de Sentencia, resultaba
    • Es importante considerar el principio de la convalidación referente a que todo acto procesal se
    • Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso de nulidad o casación, en la forma que
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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