Auto Supremo AS/0320/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2015

Fecha: 18-May-2015

CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN

EN EL FONDO
Refiere que el Auto de Vista es completamente incongruente contradictorio porque mientras declara inexistente la demanda reconvencional confirma la Sentencia que dispone que se ejecute expresamente una reconvención, esta incongruencia debió haber sido subsanada y no permitir que las disposiciones del Auto de Vista sean contradictorios
Solicitando en definitiva se case el Auto de Vista y declare probada la demanda reconvencional.-
CONSIDERANDO III: FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN:
Que habiendo planteado recurso de casación en el fondo y en la forma, corresponde dilucidar previamente el recurso de casación en la forma, ya que, de ser evidente el agravio denunciado corresponderá disponer una Resolución anulatoria y no pronunciarse sobre los demás puntos o agravios denunciados, por el efecto retroactivo de la nulidad