Auto Supremo AS/0320/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0320/2015

Fecha: 18-May-2015

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el Art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 025 del Órgano Judicial y en aplicación a lo previsto en los arts. 271 num. 3) y 275 del Código de Procedimiento Civil, ANULA obrados con reposición hasta fs. 333 es decir, el Auto de Vista de fecha 02 de febrero de 2010, pronunciado por la Sala Civil Primera de la entonces Corte Superior del Distrito de Cochabamba, debiendo dicha Sala volver a dictar Resolución sin espera de turno y previo sorteo cumpliendo lo establecido el art. 236 del C.P.C