Auto Supremo AS/0340/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2015

Fecha: 21-May-2015

ANTECEDENTES DEL PROCESO


VISTOS: El recurso de casación de fs. 943 a 944 y vta., interpuesto por Nemecio Zurita Soto y Salomón Zurita Soto contra el Auto de Vista de 15 de abril de 2.011, de fs. 939 a 941, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso ordinario de anulabilidad de contrato seguido por la parte recurrente contra Margarita Zurita Soto de Jaldín y María Luisa Zurita Soto de Ajhuacho, las respuestas de fs. 948 a 950 y de fs. 956 a 964 extemporáneas, el Auto de concesión de fs. 946; los antecedentes del proceso; y:

CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO:

Nemecio Zurita Soto y Salomón Zurita Soto por memorial de fs. 36 a 38 vta., adjuntando las literales de fs. 1 a 35, en la vía ordinaria demandan anulabilidad de contrato de Escrituras Públicas, ante el Juzgado Primero de Partido y Sentencia de la localidad de Montero, manifestando ser herederos forzosos de sus padres Paulino Zurita Flores y Simona Soto Flores, quienes en vida habrían adquirido bienes materiales, consistentes en inmuebles (casas y propiedades); entre los cuales uno de ellos ubicado sobre la calle Pastor Díaz (entre calles Cochabamba y Juan XXIII) de la ciudad de Montero, cuya superficie sería de 231 m2 y una parcela de terreno denominada “Cuatro Ojitos”, ubicada en el Cantón Minero de la Provincia Obispo Santisteban, cuya superficie sería de 19.8000 hectáreas, adquiridas mediante dotación agraria