Auto Supremo AS/0340/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2015

Fecha: 21-May-2015

HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION

Contra esa resolución de primera instancia, los demandantes Menecio Zurita Soto y Salomón Zurita Soto, interpusieron recurso de apelación a fs. 916 a 918, en cuyo mérito la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, cursante a fs. 939 a 941, confirma en todas sus partes la Sentencia de 04 de diciembre de 2.010; resolución que es recurrida en casación por los demandantes, mismo que se pasa a considerar y resolver.

CONSIDERANDO II:
HECHOS QUE MOTIVAN LA IMPUGNACION:

Del contenido del recurso de casación en el fondo, se resume lo siguiente:
Acusa que el Tribunal de Apelación no habría valorado los argumentos esgrimidos en el recurso de apelación, en virtud que el Juez de primera instancia, al dictar sentencia no valoró las pruebas de cargo, documentales, testificales producidas durante la tramitación del proceso, señalan los demandantes que habrían probado que su madre Simona Soto Vda. de Zurita se encontraba gravemente enferma de demencia senil y pérdida de memoria, con la declaración del Dr. Roberto Paz Rea, asimismo alegan que los documentos suscritos en fecha 01 de septiembre de 2004, reconocidas en sus firmas y rúbricas de fecha 20 de octubre de 2004 por ante Notaria de Fe Pública Nº 5, a cargo de Rosa M. Justiniano de Hurtado son nulos y no tienen valor legal alguno, en el entendido de que la Notaria antes mencionada habría cumplido sus funciones en 04 de octubre de 2004