Auto Supremo AS/0340/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2015

Fecha: 21-May-2015

Refieren que los bienes descritos precedentemente habrían sido transferidos por su extinta madre Señora Simona

Refieren que los bienes descritos precedentemente habrían sido transferidos por su extinta madre Señora Simona Soto Vda. de Zurita a favor de sus dos hijas Margarita Zurita Soto de Jaldin y María Luisa Zurita Soto de Ajhuacho, mediante documento suscrito en fecha 21 de septiembre de 2.004 por la suma libremente convenida de Bs. 10.000, señalan además que las compradoras habrían aprovechado el delicado estado de salud de su madre la vendedora; quien al momento de suscribir el mencionado documento se encontraba sufriendo una enfermedad senil y perdida del conocimiento, existiendo error sustancial, violencia, dolo y coacción sobre las cualidades de las cosas. Asimismo denuncian que el reconocimiento de firmas de fecha 20 de octubre de 2.004 realizado ante Notaria de Fe Pública Nº 5 de Segunda Clase de la ciudad de Montero, a cargo de Rosa M. Justiniano de Hurtado sería ilegal e inexistente, motivos por los que solicitan la anulación del Documento de Compraventa de un fundo rústico denominado “Cuatro Ojitos” y del inmueble ubicado en la ciudad de Montero suscritos en fecha 21 de septiembre de 2.004 y reconocido en fecha 20 de octubre de 2.004