Auto Supremo AS/0354/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0354/2015

Fecha: 19-May-2015

Así, en materia procesal laboral, no existe la exigencia para el trabajador actor, de demostrar

Así, en materia procesal laboral, no existe la exigencia para el trabajador actor, de demostrar con precisión en su demanda, a los dueños o propietarios de los negocios comerciales o representantes legales de las personas jurídicas demandadas, bastando citar a la persona jurídica o negocio respectivo, sin que sea necesario identificar con certeza quien es el representante legal, por cuanto, debe ser en todo caso el demandado, que considere que no es representante legal o que no es el propietario o dueño del negocio, el que debe demostrar su falta de personería, a través de los mecanismos procesales previstos al efecto, así se concluye de la interpretación de los arts. 111 y 120 del CPT; por lo que, lo afirmado por la parte recurrente, no tiene asidero legal ni fundamento que denote una vulneración a la normativa acusada, más aun cuando el Tribunal de Alzada estableció válidamente que el hecho de que el demandando tenga otra actividad no es un óbice que impida ser propietario de la rotisería demandada, peor, si se toma en cuenta que los demandados son esposos y el reclamo sólo se lo realiza respecto al esposo