Los antecedentes descritos fueron puestos a conocimiento de la Sala Social Tercera de la Corte
I.1.2 Auto Interlocutorio
Corrido el trámite el Juez de grado pronunció el Auto Nº 30/2009 de 10 de agosto, declarando improbadas las excepciones opuestas, disponiendo se prosigan las actuaciones conforme a procedimiento.
Esa Resolución, por memorial de fs. 122 a 123 vta., fue recurrida en apelación por la COMIBOL, a cuya presentación el Juez de grado mediante Auto de 8 de enero de 2010, concedió el recurso en efecto devolutivo, como se ve a fs. 129
I.1.3 Auto de Vista
Los antecedentes descritos fueron puestos a conocimiento de la Sala Social Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, instancia que en resolución emitió el Auto de Vista descrito al exordio que confirmó el Auto 30/2009 de 10 de agosto, con costas
Corrido el trámite el Juez de grado pronunció el Auto Nº 30/2009 de 10 de agosto, declarando improbadas las excepciones opuestas, disponiendo se prosigan las actuaciones conforme a procedimiento.
Esa Resolución, por memorial de fs. 122 a 123 vta., fue recurrida en apelación por la COMIBOL, a cuya presentación el Juez de grado mediante Auto de 8 de enero de 2010, concedió el recurso en efecto devolutivo, como se ve a fs. 129
I.1.3 Auto de Vista
Los antecedentes descritos fueron puestos a conocimiento de la Sala Social Tercera de la Corte Superior del Distrito de La Paz, instancia que en resolución emitió el Auto de Vista descrito al exordio que confirmó el Auto 30/2009 de 10 de agosto, con costas
- VISTOS: El recurso de casación de fs
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
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- En cumplimiento a lo previsto en el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
