Auto Supremo AS/0358/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0358/2015

Fecha: 20-May-2015

Posteriormente la entidad demandada por memorial corriente de fs

I.2 RECURSO DE CASACIÓN
Posteriormente la entidad demandada por memorial corriente de fs. 145 a 146 vta., invocando el art. 210 del Código Procesal del Trabajo (CPT) y los arts. 90 y 257 del Código de Procedimiento Civil (CPC) opone recurso de casación, en el que alega:
•El Juez de grado realizó un análisis erróneo de los aspectos opuestos en las excepciones y la contestación a la demanda, cuando en todo caso debió proceder a un análisis exhaustivos de los argumentos planteados, por cuanto i) El demandante tuvo que realizar sus pretensiones ante una autoridad en materia civil y no laboral al emerger la naturaleza de la relación en un contrato de tipo civil sin que exista subordinación ni dependencia; ii) La empresa Metalúrgica Vinto Residual, es una empresa ajena a la COMIBOL, además de que al cierre de sus actividades retiró todo su personal, quedando desvirtuado entonces el despido alegado por el actor; iii) El demandante no fue claro al señalar a cuál de las empresas prestó servicios