Auto Supremo AS/0223/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0223/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente


I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente:

a) En merito a la acusación pública y particular, una vez concluida la audiencia de juicio oral, el Tribunal de Sentencia Segundo de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, pronunció la Sentencia 15/2009 de 18 de agosto (fs. 213 a 222), por la que declaró a la imputada Eusebia Celia Arbito Plata, autora de la comisión del delito de Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 199 y 203 del CP, condenándole a la pena privativa de libertad de tres años y seis meses de reclusión a cumplir en el Centro de Orientación Femenina de Obrajes de la ciudad de La Paz. Más daños civiles y costas al Estado a calificarse en ejecución de Sentencia. Asimismo, se la declaró absuelta de la comisión de los delitos de Falsedad Material y Estelionato, previstos y sancionados por los arts. 198 y 337 del CP