De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
a) En mérito a la acusación particular presentada por Gabriela del Pilar Vargas Salcedo en representación legal de la Empresa Distribuidora L & S (fs. 3 a 10 vta.) reiterada por memorial (fs. 42); una vez concluida la audiencia de juicio oral, la Jueza Tercera de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba pronunció la Sentencia de 18 de septiembre de 2007 (fs. 89 vta. a 92), por la que se declaró a los imputados Omar Gonzalo Rojas Zegarra, Edgar Rony Peinado Gonzáles y Javier Vera Rocha, absueltos de pena y culpa de la comisión de los delitos de Apropiación Indebida y Abuso de Confianza con agravación, tipificados y sancionados por los arts. 345, 346 y 349 inc. 3) del CP
- Por memorial presentado el 15 de marzo de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la referida Sentencia, la acusadora particular, formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen el siguiente motivo
- Lo que demuestra que el Tribunal de alzada extralimitó la competencia otorgada por el art
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el presente recurso de casación fue presentado
- Respecto al motivo denunciado por el recurrente, referido a que el Auto de Vista impugnado
- Previo a realizar el análisis de admisibilidad del motivo denunciado, para fines pedagógicos, conviene aclarar
- Con referencia a la Sentencia Constitucional invocada como precedente contradictorio; debe recordarse que, conforme dispone
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
