Por memorial presentado el 27 de abril de 2010, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 261/2015-RA-L
Sucre, 03 de junio de 2015
Expediente : Cochabamba 82/2010
Parte Acusadora: Elia Emiliana Escobar Machuca
Parte Imputada : Cornelio Quiróz y otra
Delito : Daño Simple
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de abril de 2010, cursante de fs. 83 a 85 vta., Elia Emilia Escobar Machuca interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 8 de febrero de 2010, de fs. 65 a 67 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Cornelio Quiroz y Candelaria Bazoberry de Quiroz, por la presunta comisión del delito de Daño Simple, previsto y sancionado por el art. 357 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 261/2015-RA-L
Sucre, 03 de junio de 2015
Expediente : Cochabamba 82/2010
Parte Acusadora: Elia Emiliana Escobar Machuca
Parte Imputada : Cornelio Quiróz y otra
Delito : Daño Simple
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de abril de 2010, cursante de fs. 83 a 85 vta., Elia Emilia Escobar Machuca interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 8 de febrero de 2010, de fs. 65 a 67 vta., pronunciado por la Sala Penal Tercera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la recurrente contra Cornelio Quiroz y Candelaria Bazoberry de Quiroz, por la presunta comisión del delito de Daño Simple, previsto y sancionado por el art. 357 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 27 de abril de 2010, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
- c) Notificada la recurrente Elia Emiliana Escobar Machuca, con el mencionado Auto de Vista el
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Con relación a la sanción en costas, resulta falso debido a que no fue
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el caso de autos, se constata que la recurrente cumplió con el primer requisito
- Con relación al primer motivo, en el que señaló que la querella planteada fue por
- Al respecto en ambos motivos, se debe tener en cuenta que el recurrente no cumplió
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
