Auto Supremo AS/0276/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

Ahora bien, de los argumentos esgrimidos en el motivo en examen, se verifica que la


Ahora bien, de los argumentos esgrimidos en el motivo en examen, se verifica que la recurrente no expresó agravio alguno en el que hubiere incurrido el Auto de Vista, pues limita su reproche a la defectuosa valoración de la prueba ejercitada en la Sentencia, sin identificar cuál fue el papel del Tribunal de apelación respecto a ese motivo, que dice, fue denunciado en apelación restringida; contrariamente y de manera errada, sostiene que este Tribunal debe examinar la fundamentación de la Sentencia, apoyándose en el Autor Fernando de la Rua refiere, en cuanto al recurso de casación, que es el “medio de impugnación por el cual, por motivos de derecho específicamente previsto por ley, un aparte postula la revisión de los errores jurídicos atribuidos a la sentencia de mérito que la perjudica, reclamando la correcta aplicación de la ley sustantiva o la anulación de la sentencia” (sic), ello sin tomar en cuenta el sistema procesal vigente en el Territorio, cuya normativa pertinente fue citada a lo largo de este fallo y que bajo ningún aspecto admite la revisión de la Sentencia por este medio impugnaticio, por lo que corresponde declarar la inadmisibilidad de este motivo