Auto Supremo AS/0276/2015-RA-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0276/2015-RA-L

Fecha: 03-Jun-2015

En cuanto al segundo motivo, los precedentes contradictorios Autos Supremos 340 de 28 de


En cuanto al segundo motivo, los precedentes contradictorios Autos Supremos 340 de 28 de agosto de 2009 y 221 de 7 de junio de 2006, se establece que el primero, no existe en archivos; toda vez, que la gestión 2009 existían dos Salas Penales en funcionamiento, y que la Sala Penal Primera, emitió en Auto Supremo 340 en fecha 8 de junio de 2009, en tanto que la Sala Penal Segunda lo hizo el 23 de marzo del mismo año; en cuanto al Auto Supremo 221 de 7 de junio de 2006, se verifica que fue emitido por la Sala Penal Primera de la extinta Corte Suprema de Justicia y respecto a la cual, la recurrente señala que a ningún Tribunal le está permitido emitir fallos carentes de fundamentación jurídica, menos incurrir en incongruencia entre el razonamiento jurídico emergente de la valoración de la prueba y las reglas de la sana crítica; acusando al juzgador de mérito, de incurrir en defectuosa valoración de la prueba, relativa a las declaraciones juradas incorporadas a juicio