Auto Supremo AS/0294/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0294/2015-RRC-L

Fecha: 17-Jun-2015

a) En merito a la acusación particular presentada por Renato López Vargas y Erminia Flores

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 294/2015-RRC-L
Sucre, 17 de junio de 2015

Expediente: Santa Cruz 32/2010
Parte Acusadora : Renato López Vargas y otra
Parte Imputada: Miguel Ángel Cassal Inza y otra
Delito : Estafa
Magistrada Relatora: Dra. Norka Natalia Mercado Guzmán

RESULTANDO

Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2009, cursante de fs. 336 a 339 vta., los acusadores particulares Renato López Vargas y Erminia Flores Torrez; interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 127 de 03 de noviembre de 2009, de fs. 326 a 328, pronunciado por la Sala Penal Primera de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por los recurrentes contra Miguel Ángel Cassal Inza y Patricia Blanco Rojas, por la presunta comisión de los delitos de Estafa y Organización de Sociedades o Asociaciones Ficticias, previstos y sancionados por los arts. 335 y 229 del Código Penal (CP), respectivamente.

I. DEL RECURSO DE CASACIÓN

I.1. Antecedentes

a) En merito a la acusación particular presentada por Renato López Vargas y Erminia Flores Torrez (fs. 159 a 164), una vez concluida la audiencia de juicio oral y público, por Sentencia 09/2009 de 15 de agosto (fs. 264 a 291 vta.), dictado por el Juez Octavo de Sentencia de la entonces Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declaró a Patricia Blanco Rojas y Miguel Ángel Cassal Inza, absueltos de la comisión del delito de Organización de Sociedades o Asociaciones Ficticias, previsto y sancionado por el art. 229 del CP. Respecto al delito de Estafa previsto en el art. 335 del CP, se declaró a ambos imputados autores de la comisión de dicho ilícito, imponiéndoles la pena de dos años y seis meses de reclusión en el Centro de Rehabilitación “Palmasola” de la ciudad de Santa Cruz