b) Contra la mencionada Sentencia el acusado Eloy Choque Condori formuló recurso de apelación restringida
b) Contra la mencionada Sentencia el acusado Eloy Choque Condori formuló recurso de apelación restringida (fs. 159 a 161 vta.), resuelto por Auto de Vista 169/2014 de 15 de diciembre (fs. 179 a 181), emitido por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, que declaró con lugar el recurso de apelación restringida, disponiendo la nulidad de la Sentencia apelada ordenando la reposición del juicio por el Juzgado de Sentencia Primero de la capital
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia el acusado Eloy Choque Condori formuló recurso de apelación restringida
- c) Notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado, el 18 de diciembre de
- De la revisión del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- 2) Por otra parte refiere el recurrente, que el Auto de Vista en su Punto
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos, respecto al primer requisito, se tiene que el recurrente cumplió
- Respecto al primer motivo, referido a que el Auto de Vista impugnado carecería de fundamentación,
- En cuanto a la invocación de las Sentencias Constitucionales 0082/2013 de 14 de enero, 1543/2013,
- En cuanto al segundo motivo, referido a que el Tribunal de alzada incurrió en revalorización
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
